Permiso por nacimiento: papeles que pide la empresa
Qué documentos pide la empresa para el permiso por nacimiento y cuidado del menor, cómo se acredita la situación y qué papeles guarda el trabajador.
Publicado el 2026-09-23 · 6 min de lectura

El nacimiento de un hijo trae una montaña de trámites en pocos días, y justo cuando menos tiempo y cabeza tienes para papeleo. Saber de antemano qué documentos pide la empresa para tramitar el permiso ahorra llamadas, correos y algún susto con la nómina.
Aquí va lo esencial, con los nombres actuales de las cosas.
Cómo se llama ahora: permiso por nacimiento y cuidado del menor
El antiguo "permiso de maternidad" y el de "paternidad" ya no existen como figuras separadas. Desde la equiparación de los permisos, la denominación correcta es permiso por nacimiento y cuidado del menor, y es el mismo para los dos progenitores. No hay uno principal y otro secundario: ambos tienen derecho a lo mismo.
Si oyes hablar de "la baja de maternidad" o "la baja de paternidad", se refiere a esto, pero el nombre oficial del trámite ya es el otro. En los documentos que te pida la empresa o la Seguridad Social aparecerá con esa denominación.
Quién lo tramita: empresa y Seguridad Social
Es una prestación de la Seguridad Social, pero quien la gestiona en el día a día es la empresa. En la práctica funciona así:
- El trabajador comunica el hecho y aporta la documentación.
- La empresa tramita la prestación ante la Seguridad Social y adelanta el pago.
- La Seguridad Social reconoce el derecho y abona o compensa a la empresa.
Por eso el documento clave lo pide siempre recursos humanos: sin papeles no pueden dar de alta la prestación.
Los documentos que suele pedir la empresa
Cada empresa tiene su circuito interno, pero los documentos de fondo son casi siempre los mismos:
| Documento | Para qué sirve |
|---|---|
| Parte médico o documento de nacimiento | Acredita el nacimiento y su fecha |
| Libro de familia o certificado del Registro Civil | Confirma el parentesco |
| Datos del otro progenitor | Permite coordinar ambos permisos |
| Documento de la Seguridad Social de la prestación | Formaliza el reconocimiento del derecho |
| Justificante de hospitalización, si la hay | Para ampliaciones por hospitalización del bebé |
El parte o documento de nacimiento es la pieza central. Lo expide el centro sanitario donde se produce el parto y recoge datos objetivos: quién ha dado a luz, cuándo y en qué centro. Con eso la empresa y la Seguridad Social pueden situar el inicio del permiso.
El libro de familia y su papel en el trámite
El libro de familia sigue siendo el documento que acredita de forma más clara la relación de parentesco, y muchas empresas lo piden junto al parte. Si no lo tienes o prefieres no entregar el original, se aporta copia o el certificado correspondiente.
Si el nacimiento es en el extranjero o por adopción
En adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, lo que acredita la situación es la resolución administrativa o judicial correspondiente, no un parte de parto. Y si el nacimiento ocurre fuera de España, los documentos vienen del país de origen y deben traducirse si es necesario. En estos casos conviene preguntar a la empresa con tiempo porque el circuito cambia.
Qué papeles debe guardar el trabajador
La recomendación es simple: guarda copia de todo lo que entregues. Los documentos más útiles para tener localizados son:
- El parte o documento de nacimiento.
- El libro de familia o su copia.
- El documento de reconocimiento de la prestación por parte de la Seguridad Social.
- Los justificantes de cada comunicación a la empresa (correo, acuse de recibo, solicitud firmada).
Con esa carpeta resuelves cualquier discrepancia posterior sobre fechas o cuantías sin depender de que la empresa conserve copias.
Cómo y cuándo se comunica
El permiso se comunica a la empresa en cuanto se produce el hecho. Lo recomendable es hacerlo por escrito —correo electrónico a recursos humanos basta— y no solo de palabra. Un mensaje con fecha, en el que indicas la situación y adjuntas el documento disponible, deja constancia de que cumpliste.
Si el parto se adelanta o el ingreso se prolonga, se actualiza la comunicación con el documento nuevo.
Duración y cobro: lo esencial sin cifras inventadas
La duración del permiso está fijada por la normativa y se cuenta a partir del nacimiento, con posibilidad de ampliarse en supuestos concretos como la hospitalización del bebé tras el parto. La duración exacta y los supuestos de ampliación conviene confirmarlos con la empresa o con la Seguridad Social, porque la norma los detalla y conviene no fiarse de versiones de oídas.
En cuanto al cobro, el permiso es una prestación que busca equivaler a la retribución habitual, y en general se cobra durante todo el periodo. Los detalles de base reguladora y límites los calcula la entidad con tus bases de cotización.
Un punto que la gente mezcla: permiso y justificante no son lo mismo
El permiso por nacimiento no se justifica con un justificante de asistencia. Es una prestación con su propia documentación. El justificante médico y sus variantes sirven para otra cosa: acreditar una visita puntual, una consulta o una ausencia corta.
Por eso, si tu empresa te pide "un justificante" de algo que no es una visita —como el acompañamiento de un familiar a una prueba o la asistencia a una revisión— conviene saber qué documento corresponde. Lo tienes explicado en la guía sobre cómo justificar ausencias que no son enfermedad.
Y si te has encontrado con un documento sanitario sin firma o con datos raros, mejor aclararlo antes de presentarlo: un justificante sin firma no acredita nada y puede complicarte el trámite.
Si te piden un justificante y no tienes el documento a mano
Puede pasar: el parte se queda en el hospital, el libro de familia tarda o el certificado no llega. En esos casos:
- Comunica primero y aporta después. Un correo informando de la situación, con el compromiso de entregar el documento en cuanto lo tengas, suele ser suficiente para que el trámite no se bloquee.
- Pide copia en el centro sanitario. El hospital puede expedir un duplicado o un documento acreditativo al alta.
- No inventes ni alteres nada. Presentar un documento manipulado es falsedad documental, castigada en los artículos 390 y siguientes del Código Penal. El riesgo no compensa nunca.
Documentos que emite el hospital al alta
Cuando nace el bebé y se produce el alta hospitalaria, el centro entrega documentación que vale como respaldo: el informe de alta del recién nacido y de la madre y el documento de nacimiento. Pide copia de los informes de alta antes de salir; es mucho más fácil conseguirlos en ese momento que semanas después.
Ese informe es además la prueba de las fechas que puede necesitar la empresa si hay que ampliar el permiso por hospitalización.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta el libro de familia para el permiso?
La empresa suele pedirlo porque acredita el parentesco con claridad, aunque el documento que sitúa el hecho es el parte o documento de nacimiento. Si tienes dudas, ofrece uno u otro y confirma con recursos humanos qué prefieren.
¿Los dos progenitores pedimos los mismos papeles?
Básicamente sí. El permiso es el mismo para ambos, y en el circuito interno puede que la empresa pida datos cruzados del otro progenitor para coordinar los dos permisos.
¿Qué pasa si el bebé se queda hospitalizado?
Existen ampliaciones del permiso por hospitalización del menor. Hay que aportar el justificante de ingreso y seguir el procedimiento que indique la empresa o la Seguridad Social.
¿Puedo pedir el permiso si estoy de baja médica?
Son situaciones distintas y puede solaparse el permiso con una incapacidad temporal previa. Al ser un caso con matices, conviene consultarlo con la empresa y, si hace falta, con la propia entidad gestora antes de dar por hecho cómo se computan los días.
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